La paz, ¿Perpetua?

Por Tomás Peña
La ONU aprobó un esquema de gobernanza y seguridad sin precedentes para Gaza. Pero entre tutela internacional, desarme forzoso y soberanía en suspenso, la pregunta kantiana persiste: ¿Estamos ante el inicio de una paz duradera o ante una arquitectura temporal destinada a fracturarse?

El 17 de noviembre de 2025, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó por 13 votos a favor y dos abstenciones (China y Rusia) la Resolución 2803 (2025), respaldando un plan de paz en Gaza inspirado por una propuesta de Estados Unidos. Esta resolución crea una Junta de Paz (“Board of Peace”, BoP) como autoridad transitoria y autoriza el despliegue de una Fuerza Internacional de Estabilización (ISF) por sus siglas en inglés para mediar en la seguridad, desmilitarización y reconstrucción de Gaza, con un mandato que tenga vigencia hasta diciembre del 2027.
Por lo que, este esquema institucional supone una transformación drástica del status quo en la Franja: por primera vez, una autoridad internacional podría gobernar temporalmente Gaza con mandato explícito, mientras se desarman grupos armados y se reconstruye la vida civil. La resolución establece la creación de fronteras pactadas entre Gaza, Israel y Egipto, corredores humanitarios y una fuerza policial palestina. Sin embargo, no todos los actores lo reciben como un paso hacia la paz verdadera: Hamás rechazó la resolución, denunciando una forma de tutela internacional y cuestionando la pérdida de soberanía palestina. Asimismo, el secretario general de la ONU, António Guterres, la calificó como un “paso importante” para consolidar el alto el fuego y habilitar un proceso político hacia una solución de dos Estados.
Estas dinámicas políticas invitan a un análisis más profundo desde una perspectiva filosófica. En particular, la teoría de Immanuel Kant sobre la paz perpetua ofrece un marco normativo muy valioso para reflexionar si lo que acaba de aprobarse es realmente un avance hacia la paz duradera o simplemente un arreglo temporal con riesgos estructurales.

Ahora bien, entre los postulados puntos enarbolados por el presidente Donald Trump se encuentran: desradicalizar Palestina, librándola del terrorismo que atenta contra el vecindario de Medio Oriente, reconstruir Gaza, terminar la guerra retirando las fuerzas israelíes de la línea acordada, suspender operaciones militares y bombardeos aéreos y de artillería, congelando las líneas de batalla para una retirada gradual y completa. Sumado a lo mencionado, también en 72 hs. posteriores a su firma, la entrega de los restantes rehenes israelíes, tanto vivos como fallecidos a cambio de 250 condenados a prisión perpetua palestinos y 1700 detenidos. Por cada israelí liberado se intercambiarán 15 fallecidos palestinos.
Lo que en consecuencia, invita a la coexistencia pacífica de ambos estados, entregando las armas y otorgando a miembros de la agrupación islamita un salvoconducto a países que ofrezcan acogerlos. De ser aceptado el acuerdo, se enviarán las cantidades de ayuda humanitaria estipulada en el acuerdo frustrado del 19 de Enero del 2025 así como su distribución y las aperturas de pasos fronterizos. La gobernación de Gaza mediante un comité tecnocrático y apolítico responsable de la gestión de servicios públicos, integrado por palestinos cualificados y expertos internacionales bajo la supervisión de un organismo internacional de transición y la junta de la paz, presidida por el presidente de los Estados Unidos.
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Es cierto que, este comité, deberá aplicar una gobernanza eficiente a la población de Gaza que propicie la atracción de inversiones. Así también como la convocatoria de propuestas de desarrollo elaboradas por grupos internacionales que otorguen seguridad económica, generen empleos y oportunidades para el futuro de los gazatíes. Nadie será obligado a marcharse de Gaza y toda la población civil tendrá, a su vez, derecho a marcharse y de regresar. Y, quienes participen de la zona económica especial pactada a crearse para la reconstrucción palestina, gozarán de tarifas preferenciales.
Hamás deberá abandonar cualquier papel de gobernanza directa o indirecta, tanto en su infraestructura militar, ofensiva, sus túneles e instalaciones armamentísticas, como sus instalaciones de producción de armas las cuales serán destruidas y no reconstruidas. Proceso el cual será custodiado por observadores independientes y cuya desmilitarización permanente se dará con el apoyo de un programa de recompra y reintegración financiado internacionalmente.
Los postulados kantianos sobre la paz perpetua.
En su ensayo “Hacia la paz perpetua” (1795), Immanuel Kant sostiene que la paz genuina no es meramente la ausencia de guerra, sino un ideal normativo que debe sustentarse en condiciones estables y racionales. Entre sus principios fundamentales, Kant enuncia que la paz duradera depende de que cada Estado posea una constitución duradera, de modo que los ciudadanos que pagan el costo de una guerra tengan voz y voto en su declaración y que, estos sujetos del derecho internacional deben de participar en una federación de Estados para evitar caer en imperialismos. Evitando así un poderío mundial centralizado en un mundo anárquico, sólo posibilitado por un orden supranacional despótico pero amparado en una cooperación jurídica internacional. Y sobre este último, que se condense en un derecho cosmopolita capaz de limitar las acciones exteriores de los Estados a una hospitalidad universal, que desdeña y prohíba la colonización y la dominación universal.
Para Kant, un orden internacional legítimo no se sostiene únicamente sobre cálculos estratégicos o equilibrios de poder, sino sobre un imperativo moral: la paz debe ser perseguida como un fin en sí mismo. Desde la razón práctica, los Estados están obligados a actuar conforme a principios universales que garanticen la dignidad, la libertad y la seguridad de todos los pueblos, incluso cuando esos principios resulten costosos o inconvenientes. La paz, en clave kantiana, no es un acuerdo temporal ni un artificio diplomático, sino una construcción ética que trasciende las necesidades coyunturales de cada actor. Con esa premisa, es posible cuestionar la Resolución 2803 en tanto a cuánto se aproxima, se tensiona o se aleja del ideal kantiano.
Alineamientos positivos.
Resulta claro, que este primer avance podría sentar un precedente en cuanto a la internacionalización de la paz: La creación de la Junta de Paz y de la ISF representa una institucionalización de mecanismos supranacionales para gestionar la paz. Esto recuerda bastante la idea kantiana de una federación o liga internacional de Estados, donde la seguridad ya no depende únicamente de alianzas ad hoc sino de organismos con mandato legal y reconocimiento internacional. La colaboración estadounidense con socios árabes para la creación de la Fuerza Internacional de Estabilización temporal implica la capacitación y apoyo sobre fuerzas policiales palestinas constituída como una solución de seguridad a largo plazo. La FIE trabajará con Israel y Egipto para la contribución de zonas fronterizas y para la capacitación concordada con Jordania. De modo que se impida el ingreso de municiones y se facilite el flujo rápido y seguro de bienes necesarios para la reconstrucción de Gaza.
En segundo lugar, el desarme y desmilitarización provista en la resolución manda a la FIE a garantizar la desmilitarización de Gaza, incluyendo “el desmantelamiento permanente de armas de grupos no estatales” según su texto. Este mandato de desarme recuerda la aspiración kantiana de reducir los ejércitos permanentes y la violencia organizada para cimentar una paz estable.
Por otro lado, una parte central del mandato de la FIE es proteger corredores humanitarios, garantizar asistencia y salvaguardar a los civiles. En la filosofía kantiana, la paz no puede existir si no hay respeto por la dignidad humana: el derecho cosmopolita (ius cosmopoliticum) contempla la hospitalidad y la responsabilidad mínima entre pueblos, lo que resuena con esta función de protección humanitaria.
Tensiones críticas.
Tal vez el punto más crítico sea el nervio de la soberanía que ahora recae en una institución compleja, la de la tutela internacional. A diferencia del ideal kantiano, donde la federación no debe convertirse en un Estado dominante, la resolución otorga una autoridad transitoria poderosa, la Junta de Paz. El hecho de que esta administración está internacionalizada puede interpretarse como una forma de dominio sobre gaza, lo que socava la autonomía estatal. Para Kant, cada Estado debería mantener su condición de sujeto libre; una autoridad externa excesiva podría comprometer ese principio. Los países tienen su historia, y la cuentan aquellos que viven para hacerlo. La cultura, la voz y el voto que tengan los palestinos, ahora se circunscribe a un grupo de países poderosos que intentan re sembrar o re fundar un Estado con más de 100 años de historia.
¿Es esta desigualdad en el tablero una manera de que EE. UU. y aliados, en este histórico “salvataje”, repliquen dinámicas de dominación? El riesgo mayor es que la autoridad creada mediante un comité internacional cercene la participación ciudadana, perdiéndose la autonomía de la autoridad. La resolución reconoce que el avance de la reconstrucción de Gaza, llevado a cabo por el programa de la Autoridad Palestina internacional, debe de tener carácter transitorio, propiciando finalmente condiciones tangibles para la autodeterminación del pueblo palestino, que dicha resolución reconoce como una aspiración del pueblo.
Desde la óptica kantiana, la paz verdadera también requiere respeto a la dignidad política de los pueblos, y el ideal de la federación kantiana no implica la subordinación de unos a otros sino una cooperación basada en el derecho mutuo. Si bien se establecen plazos de subordinación política, planes de reconstrucción nacional y mecanismos de integración regional y de seguridad internacional, poco claro sigue siendo hasta cuando gaza no será de los gazatíes. Más aún considerando que la resolución designa a Estados Unidos como responsable de establecer los diálogos que se produzcan entre Israel y Palestina para acordar la coexistencia pacífica y próspera de ambas partes.
Por lo que, la Resolución 2803 puede verse como un avance pragmático significativo en el corto plazo: institucionaliza un alto el fuego, crea mecanismos concretos de seguridad y reconstrucción, y habilita un espacio para un futuro orden político más estable en Gaza. Pero, desde un punto de vista kantiano, esos mecanismos son valiosos: son pasos hacia una estructura legal internacional que trascienda el mero equilibrio de poder.

Claro que es totalmente legítimo preguntarse si esta paz será realmente duradera o si se trata de simplemente una paz tutelada, es decir, una administración externa con mandato temporal, la que no garantiza que, una vez expirado, no resurja la violencia o el control se convierta en dominación. Ahora bien, si realmente queremos aspirar a la paz perpetua en sentido kantiano, hace falta al menos tres condiciones más:
Primero, que la Junta de Paz se transforme gradualmente en instituciones más democráticas y legítimas, preferentemente bajo un esquema que respete la autodeterminación palestina. Segundo, que la FIE no dependa exclusivamente de potencias externas, sino que evolucione hacia un cuerpo multilateral con participación diversa y mandato compartido. Y tercero, que se instale un marco legal internacional más estable, que no solo administre la paz, sino que la robustezca mediante normas comunes, mecanismos de arbitraje y eventualmente una forma de federación más igualitaria.
Resulta evidente que la Resolución 2803 de la ONU representa un momento histórico. Por primera vez, se autoriza una fuerza internacional con mandato para estabilizar Gaza y se instituye un órgano transitorio con poder normativo. Desde la perspectiva de Kant, esta resolución podría verse como un experimento institucional moral: una aproximación concreta a lo que él imaginó como una liga de estados que cooperan jurídicamente para prevenir la guerra. Si bien hay tensiones con su modelo —especialmente en materia de soberanía, temporalidad y distribución de poder—, también hay elementos positivos: desarme, protección de civiles y construcción institucional.
El reto que queda a consecuencia ahora, es que esas instituciones no queden como un arreglo de transición, sino que evolucionen hacia una estructura más estable, legítima y autónoma, alineada con ese deber moral que Kant enarboló hace más de dos siglos: no sólo evitar la guerra, sino construir una paz basada en la razón, la libertad y la cooperación internacional.

Tomas Peña (Argentina): Licenciado en Relaciones Internacionales, Universidad de San Andrés, y columnista de Diplomacia Activa.
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